La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de reforma que permitirá a las personas privadas de libertad con condena a salir antes de tiempo si encuentren en la educación y el trabajo herramientas reales para su rehabilitación y futura reinserción en la sociedadEl proyecto de ley “Que modifica varias disposiciones contenidas en la Ley N° 5162/14 ‘Código de Ejecución  Penal para la República del Paraguay’” fue aprobado ayer en Diputados, y tiene como finalidad reforzar el principio de progresividad de la pena.

De acuerdo con la propuesta, serán sujetos de este beneficio los internos condenados a una pena privativa de libertad mayor a tres años que se encuentren en el período de tratamiento, en un establecimiento cerrado ordinario o semiabierto, y que posean una conducta calificada como muy buena.

 

Según la propuesta, a las personas privadas de libertad que participen en los referidos programas se les restará tiempo de sus respectivas condenas. 

Estas podrán ser beneficiados con el régimen de redención ordinaria, por el cual se restará un día de la condena por cada dos días de trabajo o estudio.

 

Los internos que aspiren a este régimen deben completar su educación básica, educación bilingüe para personas jóvenes y adultas, educación media para jóvenes y adultos, educación universitaria o capacitación en oficios aprobada por el Ministerio de Justicia, por un total de ocho horas, aun cuando dicho tiempo se haya completado en días distintos.

Además, cuando las horas y los días de trabajo o estudio formen parte de una etapa o módulo completo, se aplicará la “redención extraordinaria