La exfiscala Patricia Filippi Sarubbi fue condenada a cuatro años de cárcel, por cohecho  pasivo agravado (coima). Por unanimidad, el Tribunal de Sentencia sentenció a la exagente del Ministerio Público, denunciada por el exintendente de Escobar Elvio Ruiz Díaz por pedirle dinero para no imputarlo por supuesto enriquecimiento ilícito.

La condena de cuatro años de cárcel para la exfiscala Patricia Filippi Sarubbi por cohecho pasivo agravado ( ) fue resultado del fallo unánime de los integrantes del Tribunal de Sentencia especializado en delitos económicos presidido por la jueza Elsa García e integrado por sus colegas Adriana Planás y Matías Garcete.

En sus alegatos finales, el fiscal Luis Lionel Piñánez, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA), había solicitado una condena de cuatro años de pena privativa de libertad para su excolega.

En un principio, estuvieron procesados por el caso como cómplices el exasistente fiscal Adolfo Candia y el abogado Dino Dávalos, quienes fueron beneficiados con la suspensión condicional del procedimiento en la audiencia preliminar y declararon en juicio como testigos.

Candia, quien se fue a retirar el dinero de la coima, relató ante el Tribunal que se fue al lugar acordado cumpliendo instrucciones de su entonces jefa, la fiscala Filippi, confirmando así los hechos sostenidos por el Ministerio Público en su acusación.
El abogado que actuó de intermediario entre el intendente de Escobar, departamento de Paraguarí, Elvio Ruiz Díaz y la fiscala, en juicio negó los hechos y dijo que no se acordaba de la gestión, motivo por el cual el fiscal solicitó la remisión de los antecedentes al Ministerio Público, para que se investigue por falso testimonio.

Exfiscala intentó anular proceso por pedido de coima, sin éxito
Al inicio del juicio, la defensa de la acusada planteó la nulidad de la elevación a juicio, con el argumento de que la acusación fue extemporánea, pero el Tribunal lo rechazó al tiempo de indicar que el incidentista omitió los plazos suspendidos por la Corte durante el tiempo de pandemia.
La defensa de Filippi insistió en su pedido de nulidad mencionando como agravio que no existió indagatoria en el proceso. Sin embargo, los jueces rechazaron el incidente, porque observaron que sí hubo convocatorias y que incluso la misma procesada en calidad de abogada pidió la suspensión de su audiencia, copia de la carpeta y nueva fecha de audiencia.
Luego solicitó la exclusión probatoria de algunos documentos a la que el Tribunal hizo lugar en forma parcial, al considerar que lo indicado no hacía objeto del juicio. También los juzgadores admitieron la inclusión de un testigo de la defensa.