El fiscal Juan Daniel Benítez defendió su actuación luego de que circulara un video en el que aparece cantando la polca colorada en un acto privado junto a la intendenta de Santa Rosa del Aguaray, Silvia Trubger. Aseguró que no violó ninguna normativa ni principio ético.

En entrevista con radio Ñanduti, el fiscal Juan Daniel Benítez sostuvo que su conducta se enmarca dentro de su derecho constitucional a la libertad de expresión. “Las incompatibilidades y prohibiciones que tenemos los magistrados son taxativas y hablan de actividades políticas. No nos encontramos en época electoral y la persona que me acompañaba tampoco está siendo candidata”, afirmó.

El fiscal explicó que la canción fue entonada a pedido de un participante del encuentro y descartó cualquier trasfondo político. “Ejercí mi libertad de expresión como cualquier ciudadano. No he incurrido en ninguna incompatibilidad ni falta ética. No tengo nada de qué arrepentirme. Si hubiera incurrido en una falta, lo reconocería, pero eso no pasó”, subrayó.

Benítez reconoció además su afiliación al Partido Colorado desde los 18 años y defendió la importancia de la militancia política como una escuela de formación cívica. “Mi procedencia partidaria es innegable. Los partidos forman cuadros profesionales que aportan a la gestión pública. Esa es una discusión aparte, pero en este caso no hice ningún acto proselitista”, remarcó.

El video, ampliamente difundido en redes sociales, generó críticas hacia el fiscal por una supuesta falta de imparcialidad. Por ello, la Inspectoría General del Ministerio Público resolvió la apertura de dos sumarios administrativos en su contra: uno por cantar la polca colorada y otro por ordenar la liberación de un hombre denunciado por violencia familiar que luego cometió un feminicidio.

De acuerdo con lo analizado, se identificaron dos hechos que podrían configurar faltas administrativas: una de ellas por su participación en evento político-partidario y actos públicos que comprometen la imagen institucional.

El otro sumario es por la presunta comisión de faltas en el marco de una causa penal por violencia familiar, consistentes en negligencia funcional, omisión de deberes, mal manejo de evidencias, desconocimiento de la normativa y de protocolos especializados.