El Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo el juzgamiento de la causa confirmó que el 5
de noviembre iniciará el juicio oral y público a Carlos Javier Granada Fernández, acusado
por presunto acoso sexual, coacción y coacción sexual contra un grupo de periodistas del
Grupo Albavisión, donde el mismo se desempeñaba como gerente. La defensa planteó una
apelación en contra de la programación del juicio oral, que debe ser resuelto por la Cámara
de Apelaciones.

El juicio oral y público al periodista y exgerente de Albavisión (SNT y C9N) Carlos Granada, acusado por presunto acoso sexual, coacción y coacción sexual contra seis periodistas del medio a su cargo, iniciará el próximo martes 5 de noviembre, a las 08:00, según confirmó el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Laura Ocampo e integrado por los magistrados Cándida Fleitas y Juan Pablo Mendoza.
Sin embargo, la defensa del comunicador planteó un recurso de apelación general subsidiaria en contra de la decisión del Colegiado de Sentencia, que deberá ser resuelto por la Cámara de Apelaciones antes del 5 de noviembre.
Además, existe una acción de inconstitucionalidad interpuesta por Granada, que está pendiente de resolución en la Corte Suprema de Justicia.

La presente causa fue elevada a juicio oral y público el 20 de noviembre del 2023 por el entonces juez de Garantías Matías Garcete (actualmente juez de Sentencia) y la resolución fue confirmada el 19 de febrero de este año, por el Tribunal de Apelación Penal 3ª Sala de la Capital, integrada por los camaristas Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez.
Es decir, de confirmarse providencia del Tribunal de Sentencia el juicio oral y público contra el periodista acusado iniciará casi un año después de haberse elevado a dicha instancia la presente causa penal.
Carlos Granada se expone a 15 años de cárcel
Al ser consultada sobre la expectativa de pena para el exgerente de prensa del Grupo Albavisión, la fiscala Claudia Aguilera puntualizó que en el caso del acoso sexual y la coacción la pena que establece el Código Penal es de hasta 2 años. Sin embargo, con respecto a la coacción sexual es hasta 10 años