Un tribunal sentenció a cinco años de cárcel al exconcejal cartista de Yuty, Carlos Franco Benítez, tras comprobarse el desvío de fondos para su campaña política.

El exconcejal cartista de Yuty, Carlos Franco Benítez, fue condenado a cinco años de prisión tras comprobarse su responsabilidad en un esquema de desvío de fondos durante su gestión como presidente de la Asociación de Funcionarios de la Essap (Afessap). El caso involucró a más de 120 trabajadores de la aguatera estatal.

El Tribunal de Sentencia, presidido por la magistrada Elsa García e integrado por los jueces Matías Garcete y Yolanda Morel, concluyó que el exedil utilizó recursos de la asociación para financiar su campaña política rumbo a la Junta Municipal de Yuty, en el departamento de Caazapá.

Durante el juicio se probó que Franco ocasionó un perjuicio patrimonial de G. 414.077.270 a la financiera Fast Credit, entidad con la que Afessap mantenía un convenio para otorgar préstamos a funcionarios de la Essap con descuentos automáticos en sus salarios.

La fiscala Belinda Bobadilla demostró que en 2021 Franco emitió órdenes de compra de créditos en nombre de la asociación para beneficiar a personas ajenas al gremio, desviando así los fondos y comprometiendo la garantía de cobro prevista en el acuerdo.

El convenio establecía que solo los empleados de la Essap podían acceder a estos créditos, de manera a asegurar la retención directa de las cuotas. Sin embargo, la maniobra permitió que terceros no vinculados a la empresa estatal obtuvieran préstamos que posteriormente no fueron abonados, generando el millonario daño patrimonial.

El tribunal consideró que las pruebas presentadas acreditaron la participación directa de Franco en el esquema fraudulento. Además, subrayó que los fondos fueron utilizados para fines personales y proselitistas, en abierta violación al objeto de la asociación y al convenio firmado con la financiera.

La sentencia aún puede ser apelada por la defensa, aunque la Fiscalía sostuvo que se probó con suficiencia la estafa cometida en perjuicio de la asociación y la financiera afectada.