El Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Anticorrupción y Crimen Organizado, Primera Sala, integrado por Gustavo Amarilla, Claudia Criscioni y Silvana Luraghi, resolvió declarar inadmisible el recurso de apelación general presentado por el exministro Arnaldo Giuzzio Benítez contra la desestimación dictada por el juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia en la causa contra Horacio Cartes por supuesto enriquecimiento ilícito y otros.

La decisión fue adoptada por unanimidad al considerar que el apelante no cuenta con legitimación activa para impugnar la resolución, ya que la normativa procesal establece que únicamente la víctima tiene derecho a apelar este tipo de decisiones, condición que no se verifica en el caso analizado.

El tribunal sostuvo que, si bien en determinadas situaciones el denunciante y la víctima pueden coincidir en una misma persona, esa circunstancia no se configura en este proceso. Además, señaló que en su presentación el propio recurrente no hizo referencia a una eventual calidad de víctima, lo que constituye un obstáculo legal para que la instancia superior revise la causa.

En consecuencia, la resolución emitida por el Juzgado Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos y Anticorrupción queda firme, al no cumplirse con los requisitos previstos en el artículo 68, inciso 5, del Código Procesal Penal.
La disposición ordena además el registro y resguardo del documento en el sistema electrónico del Poder Judicial, conforme a la normativa vigente.