El reajuste del salario mínimo a considerar desde la última suba rondaría los G. 50.000, esto considerando una variación interanual desde junio del año pasado es cercano al 2,5%.
La Ley 5764, que modifica el articulo 255 del Código Laboral, menciona que la consideración del reajuste del salario mínimo será determinada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), sobre la base de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), al mes de junio de cada año. Este artículo da a entender que el reajuste será sobre la base interanual a junio, alrededor del 2,5%, que en términos reales serían unos G. 54.000.
Sin embargo, en el artículo 2 de la misma ley menciona que se considerará la variación acumulada de la inflación desde el último reajuste salarial, a fin de elevar al Poder Ejecutivo la propuesta de modificación. Este artículo en particular da a entender que la variación es acumulada desde el último ajuste, o sea, desde junio del 2019 hasta la fecha que sería del 3,2% y en valores alrededor de G. 70.000.
Finalmente el reajuste y el monto lo definirá el Conasam en los próximos días.
Los representantes de los trabajadores entre ellos de la Central Unitaria de Trabajadores esperan que el salario mínimo se reajuste, pero con un buen valor. Señalan que el monto a reajustar debería ser de aproximadamente un 30%, equivalente actualmente a G. 510.000.
Actualmente, el SM está fijado en G. 2.192.839