Bachi pide anular concursos y dar cargos por “herencia”
El diputado Basilio “Bachi” Núñez (ANR, cartista) anunció un polémico proyecto de ley que permita suprimir la ley de la Función Pública para que familiares, hijos y parejas de un personal de blanco fallecido por covid-19 puedan “heredar” el cargo y el sueldo sin concurso de oposición.
La ciudadanía no tardó de despotricar contra la iniciativa desde las redes sociales. “Seguí desangrando total no pagás impuesto”, le contestó Mercedes Ramírez. “¡Qué fácil hacer caridad con el dinero del pueblo!”, le increpó AraOrtellado entre otros.
Acompañan la iniciativa el liberal llanista Enrique Mineur y el cartista Raúl Latorre, entre otros. Justamente Latorre y Núñez eran los principales expositores contra el proyecto de ley que autoriza usar los fondos sociales de las binacionales (Itaipú y Yacyretá) en Salud Pública para la compra de insumos médicos.
“Presentaremos un proyecto de ley que permita al familiar directo, hijo o pareja del personal de salud de primera línea que fallece por covid ocupar el rubro vacante (tenemos caso ya de huérfanos)”, buscó justificarse el legislador desde su cuenta de Twitter, donde divulgó su iniciativa.
El primer artículo del proyecto de ley plantea establecer “en el marco de la solidaridad con el personal de salud, cualquiera sea su denominación, tanto personal nombrado como vinculado bajo régimen de contratos” que un familiar con mayor grado de cercanía o parentesco pueda acceder a la Función Pública con la misma o similar asignación salarial.
Para legalizar esto, el artículo N° 2 plantea suprimir numerosos artículos de la ley 1.626 de la Función Pública en que se fija el concurso para ingresar o ascender en el Estado.
Entre ellos propone anular los artículos N° 15, en que el concurso se convierte en el sistema de selección para el ingreso y promoción en la Función Pública.
También suprimir el artículo N° 25 que considera a las pandemias como “necesidades temporales de excepcional interés para la comunidad”. Igualmente los artículos N° 27 y N° 35 sobre el ingreso y promoción solo por concurso de oposición