Condenan a ocho años de prisión a un adolescente, miembro del Clan Ortola

Un Tribunal de Sentencia condenó a ocho años de prisión a un adolescente, miembro del Clan Ortola, por su participación en un violento hecho ocurrido en octubre del 2024 en el barrio Santa Ana de Asunción.El Tribunal de Sentencia, presidido por el juez Juan Vicente Fretes, condenó a ocho años de privación de libertad a un adolescente de 14 años, integrante del denominado Clan Ortola, por su participación en un hecho violento ocurrido el 8 de octubre de 2024, en el barrio Santa Ana de Asunción, informó Liz Acosta, periodista de Última Hora.
Como consecuencia del ataque resultó víctima fatal Héctor Daniel Sosa, mientras que también fueron víctimas José Ignacio Valdez Sanabria, Katherine Jazmín López Valdez, su hija de apenas 1 año y Ruth Karina Garcete Valdez, quienes se encontraban en el lugar al momento de los hechos.

La fiscala Laura Finestra, representante del Ministerio Público, sostuvo la acusación durante el juicio oral y logró demostrar la hipótesis fiscal mediante los testimonios producidos durante el debate, los cuales fueron corroborados por un conjunto de pruebas periféricas y objetivas, entre ellas imágenes de circuito cerrado (CCTV), informes médicos y periciaLa valoración conjunta de estos elementos permitió al Tribunal arribar al grado de certeza requerido para dictar una sentencia condenatoria, demostrando la solidez de la investigación fiscal y de la teoría del caso sostenida por el Ministerio Público.

La condena representa además un nuevo resultado en la investigación de los hechos vinculados al Clan Ortola.
La fiscala Finestra ya había obtenido anteriormente la condena del hermano mayor del adolescente, señalado como coautor del mismo hecho, quien obtuvo un pena de 28 años de privación de libertad.
De esta manera, el Ministerio Público obtiene una nueva condena en un caso de especial gravedad, demostrando en juicio, a través de testimonios y evidencia objetiva de corroboración, la responsabilidad y reprochabilidad del adolescente acusado.
La identidad del ahora condenado se omite en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que prohíbe la publicación de datos que permitan identificar a los menores en situación de vulnerabilidad





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