Su caso Judicial no guarda relación a su desempeño como funcionario público por lo que no existe ningún impedimento que pueda sustentarse en la Ley de la Función pública, señala connotado jurista.

Muchos utilizaron el artículo 42 de la Ley 1620/2020 para intentar evitar que el destacado docente asuma su función como Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNCA, que prohíbe que un funcionario con proceso judicial ejerza el cargo hasta tanto finalice su juicio. En ese sentido el abogado Oscar Tuma señaló que nada tiene que ver su actual proceso judicial con su rol de docente.

El profesional del derecho señaló que el mencionado artículo sólo se ajusta cuando el caso por el que es investigado tiene que ver con su función pública, lo que no ocurre en este caso y en la que Miguel Vera tiene una foja de vida intachable como docente y autoridad universitaria.

Su proceso judicial que probablemente sea desestimado en los próximos días, se debe a una falta administrativa de permiso y no a lo que se denunció en un principio.

Su caso en la universidad incluso hoy cuenta con un apoyo mayoritario de los alumnos que entienden que la cuestión pasa más por un intento de manipulación política que otra cosa.