Gustavo Florentín fue condenado a 24 años por la muerte de Rodrigo Quintana

Un Tribunal de Sentencia declaró que el suboficial de Policía Gustavo Adolfo Florentín Silva es culpable de homicidio doloso del dirigente liberal Rodrigo Quintana Arrúa, ocurrido en la madrugada del 1 de abril de 2017, y lo condenó a 24 años de cárcel. El asesinato se produjo durante el atropello de la Policía Nacional a la sede del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), luego de los disturbios en las manifestaciones del #31M.
El suboficial de Policía Gustavo Adolfo Florentín Silva fue sentenciado a 24 años de pena privativa de libertad, tras ser declarado autor material del asesinato del dirigente liberal Rodrigo Quintana, ocurrido durante el atropello de la Policía Nacional a la céntrica sede del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), en la madrugada del 1 de abril de 2017.

Por unanimidad, el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Lourdes Garcete e integrado por Rossana Maldonado y Manuel Aguirre declaró probada la acusación presentada por el fiscal Hernán Galeano, que en juicio representó el Ministerio Pública en forma conjunta con su colega Marlene González.

El ingreso policial al local partidario se dio luego del incendio de la sede del Congreso Nacional, en el marco de las protestas en contra del proyecto de enmienda constitucional que buscaba la reelección de Horacio Cartes como presidente de la República.
La presidenta del Tribunal destacó el daño observado a la puerta del local partidario, lo cual coincide con el el testimonio de Diego Armando Garcete, amigo de Rodrigo Quintana, quien relató que estuvo sosteniendo la puerta para ingresar al local partidario.
Gustavo Florentín no tenía orden para participar del operativo
Otro punto destacado por la titular del Tribunal es que Gustavo Florentín no tenía ninguna orden escrita para participar del operativo, pero sus jefes estaban en conocimiento de que formó parte del pelotón policial. Tampoco tenía orden de retiro de arma.
“Gustavo Florentín dejó la sede de la Comandancia, desconocemos por orden de quién”, expresó la jueza Garcete, al explicar que no se aclaró cómo fue que el acusado integró el pelotón policial que atropelló la sede del PLRA
El 1 de abril de 2017 a las 00:33 el suboficial Gustavo Florentín junto a otros colegas llegaron a la sede del PLRA, ingresaron tras violentar la puerta del local, donde estaba un grupo de personas.
La magistrada explicó que cinco armas que utilizaron los policías fueron sometidas a análisis físico químico y que del resultado de dichos estudios, se descartó que el suboficial Arnaldo Báez haya disparado la bala que acabó con la vida de Rodrigo Quintana tal como sostuvo la defensa, ya que su escopeta tenía balines de goma.
Condena por homicidio doloso agravado
Finalmente, la jueza Garcete afirmó que quedó demostrado con “absoluta claridad” la responsabilidad de Gustavo Florentín en el disparo que acabó con la vida de Rodrigo Quintana.
Como agravante, se tuvo en cuenta el incumplimiento de las reglas previstas en propio reglamento de la Policía Nacional y en este caso específico, también se consideró las especializaciones que el acusado tenía sobre el manejo de disturbios.
Otro aspecto considerado por el colegiado es la situación de peligro al que expuso a la gente que ahí se encontraba.
“Un grupo de personas que está corriendo de espaldas, de ninguna manera se puede sostener que ofrece peligro a una persona que está prestes a hacer un disparo. No existe ninguna causa que justifique la conducta del acusado”, afirmó la magistrada Garcete.
Fiscalía y querella pidieron condena de 25 años de cárcel para Gustavo Florentín
En sus alegatos finales, tanto los fiscales Galeano y González solicitó una pena de 25 años de cárcel para el uniformado, por homicidio doloso. Idéntica pena fue solicitada por los abogados querellantes Rossana Figueredo Villalba y Virgilio Ramón Ramírez Redes, representantes de la querellante Leticia Redes, madre de la hija de Rodrigo Quintana.
Los fiscales puntualizaron que el hecho probado en relación a Gustavo Florentín se subsume en lo establecido en el artículo 105 inciso 2° numeral 2 del Código Penal, que eleva la expectativa de pena a 30 años de cárcel. Como puntos a favor del acusado los fiscales tuvieron en cuenta su juventud, ya que tiene 31 años, y que el mismo tiene una hija de apenas 3 años, por eso no solicitaron la pena máxima.
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