El Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de Santa Rosa del Aguaray dictó una inédita resolución que establece prestaciones adicionales a la cuota alimentaria de un niño. La medida busca garantizar los derechos a una vivienda digna, vestimenta, movilidad segura y atención médica, fundamentada en la marcada diferencia económica entre los progenitores.

La resolución judicial determina que el progenitor deberá abonar una cuota mensual fija y, de manera complementaria, asumir el pago del 50 % del alquiler del inmueble donde reside el niño junto a su madre, mientras no cuenten con una vivienda propia.

Además, la magistrada Mónica Duarte dispuso asignaciones anuales para vestimenta, la obligación de trasladar al menor en su automóvil particular a la escuela y a consultas de salud, así como la cobertura integral de la atención médica especializada que este requiera.

En los fundamentos de la sentencia, la jueza argumentó que estas exigencias no constituyen una duplicación de la obligación alimentaria ni un enriquecimiento indebido, sino que representan elementos esenciales para asegurar un nivel de vida adecuado.

La medida considera la marcada desigualdad económica entre los progenitores y el cuidado a tiempo completo de la madre.

El fallo sienta un antecedente clave al aplicar de forma directa el artículo 27.3 de la Convención sobre los Derechos del Niño y el artículo 97 del Código de la Niñez y la Adolescencia, reconociendo explícitamente que la habitación digna y el trabajo de cuidado materno son pilares fundamentales del deber de asistencia.