Tribunal confirma sentencia de más de 30 años de cárcel para hombre que mató a su ex pareja

La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 28 años de prisión, más 5 años de medida de seguridad, contra Eusebio Ovelar Bogado, tras rechazar el recurso presentado por la defensa y ratificar íntegramente la sentencia dictada en primera instancia por el Tribunal de Ciudad del Este.El fallo fue confirmado por la Segunda Sala Penal, integrada por los jueces Efrén Giménez, Lilian Lorena Benítez y Myrian Meza de López, en un proceso impulsado por la agente fiscal Viviana Sánchez, quien sostuvo la acusación durante las distintas etapas del juicio oral.
El caso se remonta al 2 de octubre de 2024, cuando fue asesinada Carolina Benítez Vallejos en una vivienda ubicada en el km 8, fracción Willy, de Presidente Franco.

Según quedó probado en juicio, el acusado trasladó a la víctima hasta el inmueble a bordo de un vehículo Toyota Carina, donde posteriormente se produjo el ataqueLas evidencias presentadas por el Ministerio Público incluyeron registros de circuito cerrado que captaron el ingreso del vehículo a las 18:26 y su salida a las 19:52, además de pruebas periciales y testimoniales que confirmaron que el procesado permaneció en el lugar durante el horario del crimen.

En ese lapso, la víctima fue atacada con un arma punzocortante, sufriendo múltiples heridas que derivaron en su fallecimiento por shock hipovolémico.
La investigación también confirmó la sustracción y manipulación de dispositivos electrónicos de la víctima, incluyendo un teléfono corporativo, un celular personal y una tablet, los cuales fueron llevados posteriormente a un técnico para su borrado de datos.
Durante el juicio oral, la Fiscalía solicitó 28 años de prisión y 7 años de medida de seguridad, basándose en informes psicológicos que describieron rasgos compatibles con psicopatía, además de antecedentes de violencia previa, amenazas y hostigamiento contra la víctima.
El Tribunal sentenció los 28 años de prisión como pena, pero con 5 años de medida de seguridad, que fue confirmada íntegramente por el Tribunal de Apelaciones





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