El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) resolvió este jueves no hacer lugar a los pedidos de apertura del sobre N° 4, el recuento de los boletines de votos ni a la auditoría internacional de las máquinas de votación. El organismo electoral alega que podría producir un «quebrantamiento» de los mecanismos de control.

El TSJE comunicó en la mañana de este jueves que mediante AI Nº 91/2023 decidió no allanarse a los reclamos de varios sectores que se encuentran movilizados en inmediaciones de la Justicia Electoral.

No hicieron lugar a solicitudes tales como la apertura del sobre N° 4 de las elecciones generales del 30 de abril pasado, a los recuentos de boletines de voto, a la auditoría internacional de las máquinas de votación y su sistema operativo, presentados por diversas organizaciones políticas.

Tampoco al pedido de suspensión del cómputo y juzgamiento definitivo de las elecciones nacionales, presentado por el Partido Cruzada Nacional, liderado por Paraguayo Cubas, el ex senador y ex presidenciable de los últimos comicios.

«Acceder a lo solicitado produciría un quebrantamiento al procedimiento y a los mecanismos de control establecidos por pretender comprimir en un solo acto lo que en nuesttro ordenamiento positivo está concebido se lo haga gradualmente», argumenta el documento de la resolución, que posee 12 páginas.

El órgano electoral dispuso en la misma nota que se haga la notificación pertinente a las agrupaciones políticas a través de la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos.