Informar en esta circunstancia en que los ramalazos del covid-19 se sienten con mayor dureza en el país, en los estratos más vulnerables de su población y especialmente en su capacidad de pagos, que en Yacyretá le deben al Paraguay más de US$ 1.100 millones, sería exponerse a la indiferencia de nuestros lectores, saturados hoy por inquietudes y necesidades mucho más inmediatas. No obstante, debemos hacerlo.
Debemos debatir sobre la deuda de Yacyreta a Paraguay, en primer lugar, porque la información es oportuna y, en segundo lugar, porque su publicación es una suerte de recordatorio a nuestros deudores, cuyas amnesias, según prueba la ya casi cincuentenaria existencia de la entidad binacional, son excesivamente frecuentes, aunque parezcan insólitas en el contexto
de un tratado internacional como es el de la binacional.
En fuentes locales se informó este fin de semana que la EBY, hasta diciembre del año pasado –la central de Yacyretá arrancó en 1994– adeuda US$ 1.100 millones en concepto de “compensación en razón del territorio inundado”. Este importante factor, de acuerdo con el Anexo C del Tratado (bases financieras y de prestación de los servicios de electricidad de la EBY –aún vigente–) integra el costo de servicio de electricidad de la EBY; por ende, los que la paguen deben ser los
usuarios de la energía que produce, no Argentina, como es el caso de la “compensación por cesión de energía”.
Contradicciones
Un lector interesado en la suerte del país en las binacionales, apenas entre en posesión de estos datos, se preguntará qué pasó con los recursos financieros correspondiente a la compensación por territorio inundado, porque esta forma parte del costo de producción de la EBY y que su central comenzó a producir en 1994.
En efecto, los datos de la EBY, oficiales, acreditan que en 25 años la central hidroeléctrica paraguayoargentina registró una producción acumulada de 348.362.516 MWh (1 MWh = 1000 KWh) –recordemos que el mercado paraguayo demandó el año pasado 17.000.000 MWh–. En otras palabras, con este nivel de consumo, para nuestro país deben transcurrir 20 años y algunos meses para utilizar esa cantidad de energía eléctrica.
Entonces, si pretendemos despejar esta incógnita, necesariamente debemos retroceder 28 años en la historia de Yacyretá, hasta enero de 1992, fecha en que los Poderes Ejecutivos de ambos países firmaron e intercambiaron una Nota Reversal que, de hecho, canceló la vigencia del Anexo C y del Tratado mismo firmado en 1973, aprobado por ley y puesto en vigencia el 27 de marzo de 1974.
Tampoco debe olvidarse que en junio de 1995 el Poder Legislativo nacional rechazó este instrumento diplomático porque en sus estudios y debates comprobó que era inconveniente a los intereses del país.
Decisión unilateral
Sin embargo, nuestros socios condóminos y paritarios en la EBY decidieron, unilateralmente –ante la indolencia de los gobiernos paraguayos de turno– mantenerlo en vigencia, inclusive hasta la fecha.
El controvertido instrumento diplomático, por ejemplo, impuso una tarifa política, por ende irreal, de US$ 30/MWh hasta el 2048 inclusive. Visto que derogó la vigencia del anexo de 1973/74, estableció que se pagase al contado a nuestro país 1,75/MWh por todos los beneficios que le corresponde según el Tratado, o sea, por territorio inundado, resarcimiento, utilidades por capital aportado y, también, por cesión de energía, aunque este último concepto no integra el costo de producción de Yacyretá.
El pago por la parte principal de estos beneficios -US$ 7/MW– fue aplazado por 25 años, pagaderos por lo tanto desde el 2019 “en ocho años, en cuota iguales, sin intereses”.
Deuda por cesión
La semana pasada, ABC Color publicó las declaraciones del asesor técnico de la dirección paraguaya de Yacyretá, el ingeniero Juan José Encina Cabrera, que Argentina debe a nuestro país por cesión de energía US$ 85 millones, correspondientes al lapso que se extiende en diciembre de 2018 y el presente. O sea, a los US$ 1.100.000.000 que le deben la EBY al Paraguay deben sumarse US$ 85 millones por cesión de energía.
La importancia de este capítulo del Tratado de Yacyretá es sumamente relevante para el país, porque el agua que hace posible el milagro cotidiano de la luz, más en Argentina –también en Brasil por el contrabando argentino de la producción de Yacyretá– que en el nuestro, inunda un territorio abrumadoramente paraguayo.
La proporción 80/20, o sea, 80% territorio paraguayo y solo 20% argentino, no fue actualizada para que en 2017, el entonces presidente Horacio Cartes, firmara con su colega argentino, Mauricio Macri, el documento que se popularizó como “Acta Cartes-Macri”. La mayoría de los técnicos del sector energético, inclusive técnicos jubilados de la EBY, advierten de que el porcentaje de territorio paraguayo inundado ronda inclusive el 90%.