La Cámara de Senadores sentó este viernes un precedente histórico al aplicar el artículo 201 de la Constitución Nacional y retirar la investidura al senador Óscar González Daher, cuyas irregulares actuaciones como titular del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) salieron a la luz a través de varios audios que habrían sido filtrados desde el celular de su entonces secretario, Raúl Fernández Lippmann, quien también renunció a su cargo.

Oficialistas y oviedistas pretendieron frenar la sesión extra y aprobar la renuncia de González Daher como senador, antes de ser ‘despedido’, pero los legisladores en su mayoría consideraron que hacía falta dar un mensaje claro contra la impunidad, aplicando el mayor castigo desde el Congreso.

En todo momento, Juan Darío Mónges trató de evitar que se proceda a la aplicación de la pérdida de investidura de su correligionario, y apuntando que eso lo debe decidir el Poder Judicial, y no el Legislativo. Sostuvo que el Senado ya hizo su parte al sancionar a González Daher, con la suspensión de 60 días sin goce de dieta. Dijo que su bancada, que responde al presidente de la República, Horacio Cartes, rechaza enérgicamente la aplicación del artículo 201 contra el legislador suspendido.

Finalmente, tras el retiro de la bancada cartista de la sala de sesiones, Juan Carlos Galaverna mocionó realizar la votación, y con 30 a favor se aprobó retirar la investidura a González Daher, considerando que se probó fehacientemente la comisión de los hechos de tráfico de influencia, de acuerdo a las grabaciones de conversaciones de este su exsecretario que salieron a la luz a través de la prensa.

Artículo 201.- De la pérdida de la investidura
Los senadores y diputados perderán sus investiduras, además de los casos ya previstos, por las siguientes causas:
1) La violación del régimen de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en esta Constitución, y
2) El uso indebido de influencias, fehacientemente comprobado.
Los senadores y diputados no estarán sujetos a mandatos imperativos.