Con su proyecto de senaduría vitalicia, Mario Abdo Benítez plantea que todo expresidente de la República pueda optar por renunciar a su condición de vitalicio, lo cual, le permitirá volver al poder como parlamentario activo. El legislador Stephan Rasmussen lo cuestiona por incumplir la promesa de apartarse del cargo al finalizar su mandato.

Como una vergüenza calificó el legislador de Patria Querida, Stephan Rasmussen, a la pretensión del mandatario saliente, Mario Abdo Benítez, de modificar la figura constitucional de la senaduría vitalicia, estableciendo que los expresidentes puedan renunciar a la condición de senadores vitalicios, para así poder candidatarse al Legislativo.

“Eso habilita nuevamente al presidente a ser candidato a senador o diputado activo y estar en la línea de sucesión. En el diario de sesiones, claramente se establecía que los expresidentes no puedan entrar al Congreso porque entran a la línea de sucesión de la presidencia de la República, eventualmente a través de juicios políticos que puedan darse”, explicó Rasmussen, en una entrevista con radio Universo 970 AM – Nación Media.

El proyecto fue presentado por el propio Ejecutivo, a través de su Jefatura de Gabinete Civil, el 5 de mayo último. Se pretendía que la propuesta sea incluida en el orden del día de la ordinaria de este jueves, sin embargo, en reunión de Mesa Directiva se resolvió la postergación.

“Él venía con un discurso muy fuerte de que esto era inconstitucional, finalmente pisa sus palabras”, criticó.

El documento cuenta con dictamen de legislación y fue girado a dos comisiones para su estudio previo al tratamiento en el pleno.

Se plantea que, una vez culminado su mandato, el presidente de la República se incorporará de forma automática e inmediata al cargo de senador vitalicio (con voz, pero sin voto). No tendrá un salario y tampoco implicará ninguna erogación presupuestaria adicional.

Además, en caso de no estar interesado en esta incorporación, el presidente saliente podrá rechazar su adhesión, pero deberá hacerlo únicamente ante el titular de la Cámara de Senadores.

La inmunidad parlamentaria será solamente en cuanto a las opiniones vertidas en el ejercicio de las funciones, sin embargo, si hubiera necesidad de abrir una causa por cualquier delito común, no habrá impedimento ni necesidad de un desafuero, como ocurre con los demás legisladores.