Desde la institución verificaron los nombres de los padres en el sistema de Informconf, donde figuran como morosos. Este fue el único argumento del colegio para negarle la inscripción al niño que desde hace cuatro años asiste a la unidad académica.

Los padres alegan que, incluso, nunca se retrasaron con las cuotas del estudiante y que la deuda en Informconf en realidad les corresponde como garantes de unos amigos que no honraron sus compromisos.

La madre consultó con el MEC, pero solo le dijeron que al ser religiosa la institución tiene reglamentos internos basados en las normas del Arzobispado y que, por ende, tiene potestad para negarle la matriculación al niño.

Los nombres del niño, de sus padres y del colegio se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctimas o de supuestos autores de hechos punibles.

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