La Sala Penal de la Corte hizo lugar a un hábeas corpus genérico y exhortó al Ministerio de Justicia a seguir implementando medidas de seguridad para el condenado Bruno Marabel Martínez, quien denunció una  amenaza de muerte por parte de integrantes del Primer Comando da Capital (PCC) en la Penitenciaría Regional de Concepción.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), conformada por los ministros María Carolina Llanes, Manuel Dejesús Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, resolvió hacer lugar al hábeas corpus genérico planteado por la defensora pública María De La Paz Martínez Irigoitia, en representación de , condenado a 30 años de cárcel más 10 años de medida de seguridad por el homicidio de toda una familia, en 2018. Es a raíz de supuestas amenazas del (PCC).
Así también, en la parte resolutiva de su Acuerdo y Sentencia exhortó al director de la Penitenciaria Regional de Concepción, Donofredo Torres Franco, y al juez penal de Ejecución competente a continuar con las medidas hasta ahora adoptadas a favor de Bruno Marabel Ramírez, actualmente aislado de la población.
Así también, emitió una recomendación al Ministerio de Justicia de arbitrar las medidas que sean necesarias con el objetivo de velar por la seguridad del condenado Bruno Marabel, a fin de que el mismo pueda tener un lugar adecuado, atendiendo a los informes obrantes en la causa.

Marabel está amenazado por el PCC, según defensora
La defensora pública María De La Paz Martínez señaló al plantear el hábeas corpus que la integridad física y la vida de su representado Bruno Marabel, preso en el penal de Concepción, se encuentran en serio riesgo debido a constantes amenazas de muerte recibidas por parte de miembros del Primer Comando da Capital (PCC).
La defensora refirió que esta situación ya puso a conocimiento de las autoridades administrativas y judiciales y que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, por Oficio Nº 1.200 del 6 de setiembre de 2022, puso a conocimiento del director del Penal de Concepción la denuncia, a modo de que arbitre las medidas necesarias; sin embargo, no se habían tomado las medidas necesarias.

En tal sentido, solicitó el traslado a otra sede penitenciaria o la rectificación de las circunstancias que restrinjan su seguridad personal o la cesación de violencia psíquica o moral que agrave las condiciones de reclusión de su representado privado legalmente de su libertad, en cumplimiento de la máxima pena establecida en el sistema penal de la República del Paraguay.

En ese orden de cosas, el director de la Penitenciaría Regional de Concepción, Donofredo Torres Franco, había informado al director general de Establecimiento Penitenciarios, Julio Ramón Balbuena, que “se ha dado estricto cumplimiento y el mismo está separado de la población a los efectos de resguardar su integridad física”.

Ante el pedido de cumplimiento de la garantía constitucional, la ministra de Corte María Carolina Llanes dijo: “La modalidad ‘genérica’ del hábeas corpus amplía considerablemente el ámbito de protección de dicha garantía constitucional pues, en comparación a sus modalidades preventiva y reparadora, con el hábeas corpus genérico puede solicitarse la rectificación de situaciones que incluso afecten a personas legalmente privadas de su libertad” y votó por hacer lugar a la petición. Los demás ministros acompañaron el voto.