En la mañana de este jueves el Gobernador del Guairá Dr. Juan Carlos Vera presentó una denuncia contra el interventor Pablo Adriano Vera Insaurralde por el supuesto hecho de Usurpación de la función pública.
En la denuncia indica que el interventor cometió exceso en sus funciones  nombrando a personas ajenas a la Gobernación para ocupar cargos públicos como Oscar Rubén Martínez Melgarejo, Marta Elizabeth Caballero y Richard Benítez Pereira , nombramientos estos que escapan a las atribuciones que la ley 317/94 le faculta.
Mucho menos el Interventor puede ampararse en la Ley 426/94 para justificar la usurpación en la función, en razón que su cargo es la de un administrador temporario con fines específicos (verificar la utilización de los fondos Covid que ha recibido la Gobernación del Guairá para reactivar la economía durante el tiempo de Pandemia), y cuyas funciones se encuentran taxativamente determinadas en la Ley 317/94. –
El Art. 6° de la citada 317/94 refiere DE LOS DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL INTERVENTOR
Son DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL INTERVENTOR:
1. Asumir la dirección de la administración del ente intervenido. Sus atribuciones se limitarán a la dirección del personal y a la ejecución presupuestaria»
De comprobarse éstos supuestos hechos se expone a una pena privativa de libertad de hasta 3 años o multa y se espera que en la jornada se designe a un agente fiscal para realizar la imputación si así lo amerita.
Pablo Vera afronta una causa por falsificación de documentos y además cuenta con prohibición para operar cuentas corrientes por haber emitido cheques sin fondos, por lo que no puede firmar.
Esto evidencia la intención del Diputado Ever Noguera de meter mano en la gobernación colocando a sus allegados en cargos dentro de la institución atropellando las leyes .