SAN JOSÉ DE LOS ARROYOS, Dpto. Caaguazú.-  El mandato para cumplimiento la orden desahucio o desalojo  iba dirigido contra dos personas, lo cual fue resistido por los concejales que se constituyeron en la determinada propiedad, ubicada en pleno centro de esta ciudad. Los concejales manifestaron que el predio en cuestión  constituía en un bien público municipal. El inmueble individualizado como solar No. 06, Manzana 86, según Resolución de la Junta Municipal (JM) No.009/2021, y Resolución Intendencia Municipal (IM) No. 0539/2021, y la Ordenanza de la JM, 075/2021. El mandato para el cumplimiento iba dirigido a  las personas Hamy Heriberto Chávez Domínguez y José Alejandro Chávez Santacruz, domiciliados en San José de los Arroyos. Esto en cumplimiento de lo dispuesto por el juzgado en el expediente caratulado: Guillermo Segovia Ovelar contra Hamy Chàvez Domínguez sobre interdicto de recobrar la posesión, año 2019, del Lote No. 19, emanada por la juez  del primer turno, a cargo de la abogada Lilian González de Duarte.

En el lugar estuvo presente, la oficial de justicia, Abg. Carmen Elizabeth Segovia Valdez. Pero no pudo ser realizada para hacer entregada al señor Guillermo Segovia Ovelar por los argumentos esgrimidos por los concejales municipales presentes, que no corresponde a las personas indicadas.

Para el mandamiento de desahucio, una fuerte dotación policial se constituyó en el  lugar.  Además en sus manifiestos los concejales municipales presentes,   desaprobaron a  la oficial de justicia, por ser hija del señor Guillermo Segovia, lo cual consideraron no corresponde su actuación por intervenir en los actos de sus parientes.

El señor Alberto Brixner Raaf, presidente de la Junta Municipal, lamentó está situación por la que está pasando la institución municipal por tratarse de un bien público municipal el referido lote en cuestión que en base a informe cuenta con una superficie de 3.757 metros cuadrados.

A su turno el abogado Cristian Cabrera, de los Segovia Ovelar, indicó por su parte que presentarán una denuncia penal por desacato  a una orden judicial de desahucio, conforme  a la Ley 4711, b/12.

Por: Néstor Ojeda M.