El Tribunal de Apelación especializado en Delitos Económicos confirmó hoy el bloqueo de bienes del gobernador de Central, Hugo Javier González (cartista) y otros catorce procesados por lesión de confianza, asociación criminal, producción de documentos no auténticos y declaración falsa.

Ambas resoluciones fueron dictadas el 2 de noviembre pasado, por el juez Penal de Garantías especializado en Delitos Económicos, José Agustín Delmás, a fin de medida de urgencia y por expreso pedido del fiscal Rodrigo Estigarribia.
El bloqueo de los bienes dictado por el magistrado también es con relación a los otros 14 imputados en la causa y que son: Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo, Javier Marcelo Rojas Giménez, Paulino de los Santos Palacios Recalde, Nicolás Eduardo Emmanuel Álvarez Doria y Lourdes Verónica Lezcano Decoud.
Así también afecta a Armando Adolfo Soler Espínola, Luis Eduardo Allende Araújo, Édgar José Zaracho Quintana, Guido Rolando Portillo Torres, Modesta Valente Escobar, José Félix Grau Fernández, Óscar Morel Oses, Óscar Laureano Gaete Gómez y Adalberto Benítez Aguilera.

Las irregularidades detectadas en la gestión de Hugo Javier
Según la imputación, Hugo Javier repartió el fondo de emergencia –desembolsado por Hacienda a la Gobernación de Central durante la pandemia– a dos organizaciones sin fines de lucro: la fundación CIAP recibió G. 5.105 millones y el Consejo Regional de Salud unos G. 1.276 millones.
En las rendiciones de cuentas aparecen facturas clonadas, obras pagadas con otros fondos, pago de salarios, facturas a crédito sin recibo de dinero y otras groseras irregularidades.

La decisión del juez Delmás fue apelada por los abogados Jorge Arturo Daniel y Andrés Casati, en representación del Hugo Javier y por los abogados Adolfo Marín y Daniel Schreiber, defensores de Óscar Morel Oses.
Argumento del Tribunal
“Cabe indicar que la medida cautelar tiene como fin garantizar la reparación del daño causado por la conducta ilícita cometida, en ese sentido, al encontrarse la causa en un estado incipiente aún,. el Ministerio Público se encuentra investigando el estado patrimonial de los procesados a fin de conocer los bienes de los mismos, por lo tanto es pertinente la aplicación de la medida cautelar de inhibición general de gravar y vender dispuesta por el A quo, igualmente dicha medida puede ser reformada en cualquier etapa del presente proceso”, señala la Cámara en una parte de la resolución