Finalmente, la Cámara de Senadores trató y aprobó el proyecto del Poder Ejecutivo sobre el Fondo de Estabilización del Combustible. La media sanción se dio en la antesala de la llegada de los camioneros a la capital del país.

El senado, durante sesión extraordinaria, aprobó en general el Proyecto de Ley “Que crea el Fondo de Estabilización del Precio de los Combustibles derivados del petróleo en la República del Paraguay y se establecen medidas transitorias de contingencia para la importación del Diésel/Gasoil Tipo III/Tipo C y la Nafta Virgen”

La Ley presentada por el Poder Ejecutivo y aprobada por el Senado, establece medidas transitorias de contingencia para la comercialización del Diésel/ Gasoil Tipo III y Nafta 93 octanos por parte de Petropar a los consumidores finales.Asimismo se estipulan otras medidas de racionalización del gasto público, como así también, aquellas orientadas a lograr una mayor eficiencia en los  procesos de compra pública por parte de Petropar.

PUNTOS DE LA LEYSe autoriza a Petropar otorgar transitoriamente precios preferenciales por cada litro de Diésel Gasoil Tipo III y Nafta 93 octanos que fuere comercializado por la Red de Estaciones de Servicios habilitadas bajo el emblema estatal, a los consumidores finales, con la finalidad de atenuar en el mercado interno el impacto de las fluctuaciones de los precios de los combustibles derivados del petróleo en el mercado internacional.

Los precios preferenciales para cada tipo de combustible priorizado, serán determinados tomando la estructura de costos de Petropar y las fluctuaciones de los precios internacionales. En ningún caso, la diferencia entre el precio determinado por la estructura de costos de Petropar y el precio preferencial podrá ser superior al 40%.

Durante la vigencia de los precios preferenciales, la Red de Estaciones de Servicios de Petropar, ubicadas en las ciudades fronterizas, podrá comercializar hasta un máximo de cinco (5) litros diarios de Diésel / Gasoil Tipo III y Nafta 93 Octanos, a los consumidores finales cuyos vehículos tengan chapas extranjeras.

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, establecerá los mecanismos presupuestarios y financieros pertinentes para la compensación y/o reposición gradual de los recursos financieros de Petropar que fueren afectados por la aplicación de dicha medida, de conformidad a los mecanismos de pago previstos en las normativas vigentes.

Asimismo, aumentará la base imponible del ISC que grava los bienes del Artículo 118 de la de la Ley N.° 6380/2019 «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario  Nacional, como mecanismo de reposición a la Tesorería General de los recursos que fueren afectados como consecuencia de la compensación y/o reposición gradual.

Gastos Públicos

Prohibir la asignación, descuento, exoneración y entrega de combustible, tarjetas  personales o de cupos de combustibles a las autoridades y funcionarios de los Poderes del Estado y  de los Organismos y Entidades del Estado, incluyendo las empresas públicas y aquellas de economía mixta, las Sociedades Anónimas con participación Accionaria Mayoritaria del Estado y las  Municipalidades, en todas sus modalidades, como medida de racionalización del gasto público.