La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisibles los recursos planteados por las
defensas y dejó firmes las condenas a los exministros de Agricultura y Ganadería Enzo Cardozo y Rody Godoy, de 10 y 7 años de cárcel, en ese orden; y la ex directora de Finanzas de la institución Maristela Azuaga. Con este fallo los condenados volverán a prisión para cumplir sus penas por el desvío de G. 68.000 millones.

Los exministros de Agricultura y Ganadería Enzo Cardozo y Rody Adán Godoy, además de la ex directora de Administración y Finanzas Maristela Azuaga; volverán a prisión para cumplir con las penas de 10, 7 y 10 años de cárcel, respectivamente, por estafa y lesión de confianza en el desvió de más de G. 68.000 millones de la cartera estatal.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por la ministra María Carolina Llanes y los camaristas Arnulfo Arias y Bibiana Benítez Faría; declaró inadmisibles los recursos extraordinarios de casación que habían planteado las defensas en contra del Acuerdo y Sentencia N° 2, del 24 de febrero de 2023, dictado por el Tribunal de Apelación
Penal de la Adolescencia que confirmó el fallo de primera instancia.
Con la resolución de la máxima instancia judicial quedan firmes las condenas dictadas por el
Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Elsa García e integrado por los magistrados Gloria Hermosa y Héctor Fabián Escobar; y los exministros del MAG y la ex directora de Finanzas de la cartera estatal deben volver a prisión para cumplir sus penas.
El juicio oral de la presente causa penal se pudo realizar recién a fines de 2022, luego de casi 7 años de que el Ministerio Público presentara su acusación, a causa de las múltiples chicanas promovida por la defensa de los tres “mimados” de la justicia.
Exministros del MAG condenados por desvío de G. 68.000 millones
El 28 de noviembre de 2022 fueron condenados los dos exministros del MAG Enzo Cardozo y Rody Adán Godoy por estafa y lesión de confianza. En el caso del primero a 10 años de cárcel, y el segundo a 7 años de pena privativa de libertad. Por su parte la exdirectora de Administración y Finanzas del ente estatal Maristela Azuaga fue sentenciada a 10 años de prisión, por el desvío de G. 68.000 millones.

Todos fueron llevados hasta la cárcel de Coronel Oviedo para cumplir con sus sentencias, pero en enero de este año la Cámara de Apelaciones los benefició con medidas alternativas, ya que la resolución de primera instancia no estaba aún firme.
En consecuencia, los tres pasaron a cumplir arresto domiciliario con millonarias fianzas; en el caso de Enzo Cardozo por la suma de G. 20.000 millones. Con el fallo de la Sala Penal del máximo tribunal, los tres deben volver a prisión para cumplir sus condenas.
Los fiscales de la causa son Rodrigo Estigarribia y Diego Arzamendia, agentes de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, quienes en sus alegatos finales habían solicitados penas de 12 años, 8 años y 13 años, en ese orden, para los hoy condenados.

Productores frutihortícolas fueron perjudicados
Entre abril del 2012 y mayo del 2013, los entonces ministros del MAG Enzo Cardozo y Rody Godoy, respectivamente, autorizaron a través de distintas resoluciones, el desembolso de G. 68.965.418.419 provenientes de fondos propios del ente y del Fonacide, para financiar
proyectos de productores frutihortícolas de 188 comités de todo el país.
El Ministerio Público probó en el juicio que estos desembolsos se realizaron sin contar con proyecto alguno que justifiquen las erogaciones realizadas, ya que, según las constancias, todos los proyectos fueron elaborados con posterioridad a la firma de las resoluciones y fueron presentados recién con la rendición de cuentas.
Los fiscales Rodrigo Estigarribia y Diego Arzamendia probaron en el juicio oral que el exministro Enzo Cardozo autorizó 7 desembolsos por un total de G. 60.252.639.175 y su sucesor Rody Adán Godoy, otros 3 desembolsos por un total de G. 8.712.779.244.

Ambos exministros del MAG afrontaron otro proceso por el supuesto desvío de G. 3.700 millones, pero en ese caso fueron beneficiados por la prescripción de la causa y, en consecuencia, se declaró la absolución de culpa y reproche de ambos.